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sábado, julio 03, 2010

Tres artículos del código civil

Artículo 66

Los cónyuges son iguales en derechos y deberes.


Artículo 67

Los cónyuges deben respetarse y ayudarse mutuamente y actuar en interés de la familia.


Artículo 68

Los cónyuges están obligados a vivir juntos, guardarse fidelidad y socorrerse mutuamente. Deberán, además, compartir las responsabilidades domésticas y el cuidado y atención de ascendientes y descendientes y otras personas dependientes a su cargo.

3 comentarios:

  1. ¡Enhorabuena! Y ahora, como dijo Sabina: "que todas las noches sean noches de boda"

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  2. Jo, tenía la pequeña esperanza de que hubieras posteado algo desde china ¡¡que no sabemos nada de vosotros!! :D

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