Artículo 66
Los cónyuges son iguales en derechos y deberes.
Artículo 67
Los cónyuges deben respetarse y ayudarse mutuamente y actuar en interés de la familia.
Artículo 68
Los cónyuges están obligados a vivir juntos, guardarse fidelidad y socorrerse mutuamente. Deberán, además, compartir las responsabilidades domésticas y el cuidado y atención de ascendientes y descendientes y otras personas dependientes a su cargo.
3 comentarios:
¡Enhorabuena! Y ahora, como dijo Sabina: "que todas las noches sean noches de boda"
Se intentará! Muchas gracias!!
Jo, tenía la pequeña esperanza de que hubieras posteado algo desde china ¡¡que no sabemos nada de vosotros!! :D
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